Años después de que el home office se volviera masivo, buena parte de las empresas mexicanas todavía lo administra con un correo y ninguna evidencia documental. Pero el teletrabajo dejó de ser un arreglo informal: la Ley Federal del Trabajo lo reguló en el Capítulo XII Bis y la NOM-037-STPS-2023 —publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de junio de 2023 y obligatoria desde el 5 de diciembre de ese año— convirtió esas buenas intenciones en cuatro documentos concretos que el inspector de la STPS pide por nombre. No tenerlos se sanciona bajo el artículo 994, fracción V de la LFT con multa de 250 a 5,000 UMA, y por cada persona trabajadora afectada.
El umbral que casi nadie calcula: el 40% del artículo 330-A
Antes de hablar de obligaciones hay que resolver una pregunta previa que muchas áreas de RH nunca formulan: ¿su personal está legalmente en teletrabajo o solo trabaja a distancia de vez en cuando? La distinción no es semántica: define si el régimen aplica.
El artículo 330-A de la LFT es explícito: se rigen por el Capítulo XII Bis “las relaciones laborales que se desarrollen más del cuarenta por ciento del tiempo en el domicilio de la persona trabajadora”. En una semana de cinco días, eso significa que a partir de dos días y medio en casa la persona ya es teletrabajadora para todos los efectos legales, con contrato escrito específico, equipo a cargo del patrón y NOM-037 aplicable.
Aquí tropieza el esquema híbrido más común del país. Un modelo de “tres días en casa, dos en oficina” no es flexibilidad informal: es teletrabajo pleno. Uno de “dos en casa, tres en oficina” queda por debajo del umbral. La diferencia entre ambos son miles de pesos en obligaciones y un expediente documental completo, y si RH no lleva ese cálculo por persona no está en condiciones de saber a quién debe qué.
Qué exige la NOM-037 y desde cuándo es exigible
El artículo 330-J de la LFT ordenó a la STPS emitir una Norma Oficial Mexicana con las condiciones especiales de seguridad y salud del teletrabajo, considerando factores ergonómicos y psicosociales. Ese mandato se cumplió con la NOM-037-STPS-2023, “Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo”, publicada en el DOF el 8 de junio de 2023 y vigente 180 días naturales después: el 5 de diciembre de 2023.
Esto importa por una razón práctica: no hay periodo de gracia pendiente ni prórroga vigente. La norma lleva más de dos años siendo obligatoria y, a diferencia de otras obligaciones que se acreditan con nómina o con el SUA, esta solo se prueba con papeles que la empresa debió generar a tiempo.
Las cuatro pruebas documentales que revisa el inspector
El numeral 5 de la NOM-037 concentra las obligaciones del patrón y, en una visita, casi todas se acreditan con cuatro entregables:
| Documento | Fundamento | Qué debe contener | Error frecuente |
|---|---|---|---|
| Lista de personas trabajadoras en teletrabajo | NOM-037, numeral 5; art. 330-E, fr. IV LFT | Nombre, género, puesto y actividades, porcentaje de tiempo en teletrabajo, domicilio y lugares pactados, medio de contacto e inventario del equipo | Usar el organigrama, sin porcentaje de tiempo ni domicilio pactado |
| Política de teletrabajo por escrito | NOM-037, numeral 5 | Cultura de prevención de riesgos, mecanismos de comunicación, duración de la jornada y pautas de descanso, derecho a la desconexión, cambio de domicilio y reversibilidad | Reciclar el manual de home office de 2020, sin desconexión ni reversibilidad |
| Lista de verificación de condiciones del lugar de trabajo | NOM-037, numeral 5 | Iluminación, ventilación, temperatura, ruido, orden y limpieza, mobiliario ergonómico y espacio suficiente en el domicilio pactado | No aplicarla nunca, o aplicarla sin consentimiento por escrito de la persona trabajadora |
| Constancias de entrega de equipo y de capacitación anual | Art. 330-E, fr. I y IV LFT; NOM-037, numeral 5 | Acuse de silla ergonómica, equipo de cómputo e insumos; programa de mantenimiento; capacitación anual en seguridad y salud | Entregar la laptop sin acuse y omitir la silla ergonómica |
Un matiz que genera fricción: verificar las condiciones del domicilio no autoriza a la empresa a entrar a la casa cuando quiera. La NOM contempla que la Comisión de Seguridad e Higiene valide las condiciones mediante visita autorizada por la persona trabajadora o, alternativamente, mediante la autoaplicación de la lista. El consentimiento previo y por escrito es lo que separa el cumplimiento de una intromisión al domicilio.
Lo que la ley exige (y lo que no)
- Sí exige contrato escrito con los elementos del artículo 330-B: naturaleza del trabajo, equipo e insumos, descripción y monto del pago de servicios del domicilio, mecanismos de contacto y distribución de horarios. Cada parte conserva un ejemplar.
- Sí exige que el patrón asuma el costo de los servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad (art. 330-E, fr. III).
- Sí exige proporcionar, instalar y dar mantenimiento al equipo, incluida la silla ergonómica (art. 330-E, fr. I).
- Sí exige respetar el derecho a la desconexión (art. 330-E, fr. VI) e inscribir a la persona en el régimen obligatorio de seguridad social (fr. VII).
- Sí exige que el cambio a teletrabajo sea voluntario y por escrito, con reversibilidad para ambas partes (art. 330-G).
- No exige cámaras encendidas ni monitoreo permanente: el artículo 330-I ordena que la supervisión sea proporcional y garantice el derecho a la intimidad.
- No exige pagar el 100% del recibo de luz, sino la parte proporcional atribuible al trabajo.
- No aplica el Capítulo XII Bis al trabajo esporádico en casa que no rebase el 40% del tiempo.
El pago de internet y electricidad: la obligación que no admite el “apoyo simbólico”
De todas las obligaciones del teletrabajo, la del artículo 330-E, fracción III es la que más empresas incumplen con tranquilidad. La práctica común es un “apoyo de conectividad” fijo y modesto, sin memoria de cálculo, o nada, porque “el internet ya lo tenía contratado el colaborador”.
El texto legal no distingue: el patrón debe asumir los costos derivados del teletrabajo, incluido el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad. De ahí dos consecuencias para RH. El monto y la descripción de ese pago deben constar en el contrato conforme al artículo 330-B, de modo que un contrato silencioso en este punto ya nace incompleto. Y conviene fijar un método de cálculo verificable —proporción de horas de jornada sobre las horas del periodo facturado, por ejemplo— y dejarlo documentado: un monto razonable con memoria de cálculo se defiende; un monto redondo sin sustento, no.
Conviene anticipar, además, que la obligación de registrar la jornada de manera electrónica —exigible a partir del 1 de enero de 2027— alcanzará también al personal en teletrabajo. Quien hoy no tiene siquiera la política escrita de jornada y desconexión llegará a esa fecha con dos incumplimientos encimados.
Riesgos si no se cumple
Multa por incumplimiento de normas de seguridad e higiene. La NOM-037 es una norma oficial en materia de seguridad y salud, por lo que su incumplimiento encuadra en el artículo 994, fracción V de la LFT: multa de 250 a 5,000 UMA. Con el valor de la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026 —117.31 pesos diarios, conforme al INEGI—, el rango va de $29,327.50 a $586,550 pesos.
La multa se multiplica por persona. El artículo 992 de la LFT establece que cuando en un solo acto u omisión se afecte a varios trabajadores, se impondrá sanción por cada uno de los afectados. No documentar a un equipo de veinte teletrabajadores no es una infracción: son veinte. El mismo artículo prevé que la reincidencia duplica la multa anterior.
Riesgo probatorio en juicio. El artículo 330-K faculta a los inspectores del trabajo a verificar que se proporcione el equipo y que el salario no sea inferior al del personal presencial con funciones equivalentes. En un juicio por diferencias salariales, horas extras o un riesgo de trabajo ocurrido en el domicilio, la ausencia de política, de lista de verificación y de acuses de entrega deja al patrón sin la evidencia que la propia norma le exigía generar.
Riesgo de reclasificación. Administrar un esquema híbrido por encima del 40% sin contrato de teletrabajo no evita el régimen: lo incumple. La calificación jurídica depende del tiempo efectivamente trabajado en el domicilio, no de cómo la empresa haya decidido llamarle al arreglo.
Checklist para RH: diez pasos concretos
- Calcule, persona por persona, el porcentaje de tiempo trabajado en el domicilio e identifique quiénes rebasan el 40% del artículo 330-A.
- Elabore o actualice la lista de personas trabajadoras en teletrabajo con los datos del numeral 5 de la NOM-037, incluido el inventario de equipo.
- Revise que cada contrato cumpla el artículo 330-B, en especial la descripción y el monto del pago de electricidad y telecomunicaciones.
- Redacte la política de teletrabajo: prevención de riesgos, comunicación, jornada y descansos, desconexión, cambio de domicilio y reversibilidad.
- Incorpore el teletrabajo al contrato colectivo o, en su defecto, al Reglamento Interior de Trabajo (artículos 330-C y 330-D).
- Documente el método de cálculo del pago proporcional de servicios y consérvelo junto con el comprobante de pago.
- Aplique la lista de verificación del domicilio con consentimiento previo por escrito y déjela firmada.
- Entregue silla ergonómica, equipo e insumos contra acuse individual y documente el programa de mantenimiento.
- Programe y documente la capacitación anual en seguridad y salud del personal en teletrabajo.
- Integre un expediente por persona y consérvelo al menos un año conforme a la NOM; alinéelo al plazo de prescripción del artículo 516 de la LFT.
Este artículo tiene fines informativos y de divulgación. No constituye asesoría legal ni sustituye la opinión de un profesional del derecho respecto de un caso concreto. Cada centro de trabajo debe analizar su situación particular con apoyo de su asesor jurídico laboral.
Fuentes: Ley Federal del Trabajo, artículos 330-A a 330-K (Capítulo XII Bis, Teletrabajo, adicionado por decreto publicado en el DOF el 11 de enero de 2021), 516, 992 y 994, fracción V. NORMA Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023, Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de junio de 2023, con entrada en vigor el 5 de diciembre de 2023. Guía informativa de la NOM-037-STPS-2023, Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente a partir del 1 de febrero de 2026: $117.31 diarios.


