Jalisco ya tiene, al menos en el papel, una Fiscalía Especializada en la Investigación del Delito de Tortura. El Gobierno del estado publicó el decreto que la crea en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco y la norma entró en vigor el viernes 30 de octubre de 2026. La noticia tiene dos lecturas: es un avance que la Suprema Corte venía exigiendo desde 2024, y al mismo tiempo llega con unos diecisiete meses de retraso respecto de su aprobación en el Congreso local. Además, la nueva fiscalía no empieza a trabajar todavía. Conviene entender por qué.
Qué dice el decreto publicado
Según lo informado por el propio gobierno estatal y recogido por varios medios locales, la nueva fiscalía formará parte de la Fiscalía del Estado, pero con autonomía técnica y de gestión. Su tarea será investigar y perseguir la tortura, ejercer la acción penal en esos casos y aplicar estrategias de prevención.
El punto clave está en los artículos transitorios. El Congreso de Jalisco tiene 180 días naturales para ajustar las leyes secundarias (la orgánica de la Fiscalía, entre otras), y la fiscalía especializada solo empezará a operar cuando esas reformas entren en vigor. Mientras tanto, la Fiscalía del Estado conserva su estructura y sus atribuciones actuales en materia de tortura. El Ejecutivo, por su parte, debe hacer los ajustes administrativos y presupuestales para que la implementación sea gradual durante el siguiente ejercicio fiscal. Cumplido eso, el Congreso emitirá una convocatoria para elegir a la persona titular.
Las notas publicadas no precisan desde cuándo corren los 180 días. Si se cuentan a partir de la entrada en vigor del decreto, el plazo vencería hacia el 28 de abril de 2027. Es una fecha que vale la pena anotar.
Una obligación que viene de 2017
Esto no es una ocurrencia local. La Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, vigente desde 2017, ordena en su artículo 55 que las instituciones de procuración de justicia del país creen fiscalías especializadas con plena autonomía técnica y operativa, con ministerios públicos, policías y peritos propios, y con los recursos necesarios para funcionar. La propia ley dio un plazo de 90 días para hacerlo.
Jalisco optó durante años por una solución intermedia: una Unidad Especializada en Delitos de Tortura dentro de la Fiscalía de Derechos Humanos. El 31 de enero de 2024, la Segunda Sala de la SCJN resolvió el amparo en revisión 653/2023, promovido por la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura del Instituto Federal de Defensoría Pública, y concluyó que esa unidad no cumplía con la ley general porque carecía de autonomía técnica y operativa y de una estructura propia. La Sala calificó la omisión del Congreso como injustificada y ordenó al Legislativo y al Ejecutivo locales priorizar la creación de la fiscalía. Fue una votación dividida, de tres contra dos.
No fue un caso aislado. Meses antes, en noviembre de 2023, la Primera Sala había llegado a una conclusión parecida respecto de Durango (amparo en revisión 539/2023): una unidad que depende de una vicefiscalía y cuyo titular puede ser removido libremente no equivale a una fiscalía especializada, y la única excusa que admite la ley, la falta de recursos, tiene que demostrarse.
El largo camino del decreto
El Congreso de Jalisco aprobó la reforma constitucional el 29 de mayo de 2025. En agosto de ese año la declaró aprobada, tras el aval de la mayoría de los 125 ayuntamientos, y la envió al gobernador. En septiembre ya había diputados reclamando que no se publicaba. A finales de octubre de 2025 se corrigieron errores del dictamen, y aun así el decreto tardó un año más en aparecer en el periódico oficial.
Organizaciones como el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD) han insistido en que el problema de fondo es la impunidad. Con datos de la Defensoría Pública federal, el CEPAD ha señalado que Jalisco ocupa el tercer lugar nacional en denuncias por tortura y que, de 1,621 carpetas de investigación abiertas hasta finales de 2024, solo dos habían llegado a un juez. Esa organización lo resumió con una frase dura: una fiscalía sin recursos suficientes es “una promesa vacía para las víctimas”.
Mi lectura: avance real, pero todavía condicionado
Desde la práctica, lo publicado es necesario pero insuficiente. Una fiscalía especializada sirve porque separa al investigador del investigado: en muchos casos de tortura los señalados son policías o agentes que trabajan dentro del mismo sistema de procuración de justicia. Si la nueva oficina depende del presupuesto y de los nombramientos del mismo aparato al que debe investigar, la autonomía “técnica y de gestión” puede quedarse en etiqueta. Por eso el diseño de las leyes secundarias será lo que realmente importe: cómo se nombra y se remueve al titular, si tendrá policía y peritos propios, y si su presupuesto aparece como partida específica en el paquete de 2027.
También hay que decirlo con claridad: hoy nada cambia para quien ya tiene una denuncia en curso. Los expedientes siguen en la Fiscalía del Estado hasta que la nueva estructura arranque. Cuando lo haga, habrá que vigilar cómo se transfieren las carpetas, porque las transiciones institucionales suelen ser el momento en que los asuntos se rezagan.
Qué pueden hacer las víctimas y sus defensas
Si sufriste tortura o malos tratos
No esperes a que exista la nueva fiscalía. La denuncia puede presentarse ya ante la Fiscalía del Estado, que sigue siendo competente, y en paralelo puede presentarse queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco. Pide que se practique el examen médico y psicológico especializado conforme al Protocolo de Estambul lo antes posible: las huellas físicas desaparecen y ese dictamen suele ser la prueba central. Guarda constancias médicas, fotografías y nombres de testigos.
Si eres defensor en un proceso penal
Una confesión o cualquier prueba obtenida mediante tortura es nula: así lo establece el artículo 20, apartado A, fracción IX de la Constitución federal, y la ley general obliga a excluirla. Si tu representado denuncia tortura, plantéalo desde la primera audiencia, solicita la investigación correspondiente y deja registro. Además, la ley general prevé que la acción penal por este delito no prescribe, así que un caso antiguo no está perdido por el paso del tiempo.
Si eres parte de una organización civil o un colectivo
Este es el momento de incidir. Las reformas secundarias y el presupuesto 2027 se discutirán en los próximos meses, y la sentencia de la Corte ofrece un estándar claro para exigir autonomía y recursos reales.
Lo que sigue
Jalisco pasó de la omisión a la obligación con fecha de cumplimiento. La prueba de fuego no será el decreto, sino que en 2027 exista una oficina con personal, peritos y presupuesto propio capaz de llevar casos de tortura ante un juez. Otros estados han enfrentado reclamos similares, como ocurrió con Durango; en el ámbito penal estatal también hemos dado seguimiento a reformas recientes, como la de Baja California sobre sumisión química. Seguiremos atentos a las leyes secundarias que apruebe el Congreso jalisciense.
Fuentes
- El Informador: Tras un año, publican decreto de creación de Fiscalía antitortura (30/10/2026)
- Notisistema: Publican decreto para crear Fiscalía Especializada contra la Tortura en Jalisco
- SCJN, comunicado 030/2024: Amparo en revisión 653/2023 (Jalisco)
- SCJN, comunicado 416/2023: Amparo en revisión 539/2023 (Durango)
- Crónica Jalisco: CEPAD y diputados exigen fiscalía especializada contra la tortura (04/11/2025)
- Crónica Jalisco: Aún no se publica el decreto que crea la Fiscalía Antitortura (19/09/2025)
- Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura, artículo 55
Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal.



